El Programa de recualificación profesional de las personas que agoten su prestación por desempleo (PREPARA) consiste en un conjunto de acciones de políticas activas de empleo, que permitan la recualificación de las personas que agotan su prestación por desempleo, para incorporarse a nuevos puestos de trabajo, especialmente en sectores emergentes y con potencial de crecimiento.
Se trata de un programa nacional que tiene como objetivos impulsar la recualificación de las personas desempleadas y proporcionar una ayuda económica de acompañamiento.
Las personas que tengan derecho a participar en el programa PREPARA, podrán obtener:
- La realización de un itinerario individualizado y personalizado de inserción que contemple el diagnóstico sobre su empleabilidad, así como las acciones de políticas activas de empleo y de búsqueda de empleo que proponga el Servicio Público de Empleo donde esté inscrito.
- Percibir una ayuda económica de acompañamiento durante seis meses del 75 por 100 del IPREM mensual (400 euros en 2013), con la finalidad de reforzar y facilitar la participación en el programa de recualificación profesional. Esta cuantía será del 85 por ciento del IPREM mensual (450 euros en 2013), cuando la persona beneficiaria tenga a cargo al menos tres miembros de la unidad familiar.
Pueden beneficiarse de este programa las personas que cumplan las siguientes condiciones:
- Estar desempleadas por haberse finalizado de su relación laboral.
- Permanecer inscritas en el Servicio Público de Empleo al menos doce de los últimos dieciocho meses.
- Haber agotado una prestación por desempleo de nivel contributivo (desempleo inicial), desde el 16 de agosto de 2012 hasta el 15 de febrero de 2013 (ambos inclusive), y no tener derecho a cualquiera de los subsidios por desempleo, o bien agoten alguno de estos subsidios, incluidas sus prórrogas.
- Carecer de rentas de cualquier naturaleza, superiores en cómputo mensual al 75 por ciento del salario mínimo interprofesional, excluida la parte proporcional de dos pagas extraordinarias (483 euros en 2013).
Las solicitudes para participar en el
programa y obtener la ayuda económica deberán presentarse en las Oficinas
de Prestaciones del Servicio Público de Empleo Estatal (antiguo INEM),
ubicadas en las mismas dependencias de los Servicios de Empleo de las
Comunidades Autónomas, Centros y Oficinas de Empleo. El plazo para solicitar la inclusión en el programa es de dos meses desde la finalización de la prestación o subsidio por desempleo. En este plazo de dos meses, el solicitante deberá realizar durante 30 días, al menos,
tres acciones de búsqueda de empleo. Estas acciones deberá acreditar haberlas
realizado cuando presente la solicitud de participación en el
programa.
Se considerará una acción de búsqueda de empleo cada una de las actuaciones siguientes:
a) Trabajar por cuenta propia o ajena en algún momento de ese periodo.
b) Envío o presentación de currículum, al menos, en tres empresas distintas (tres
curriculum es una acción, para tener tres acciones deben realizarse nueve curriculum).
c) Realización de, al menos, una entrevista de trabajo.
d) Inscripción en, al menos, una agencia de colocación autorizada.
e) Inscripción como solicitante de trabajo en portales de empleo privados o de los Servicios Públicos de Empleo.
f) Presentación a ofertas de trabajo de los Servicios Públicos de Empleo.
g) Cualquier otra actuación de las ofertadas por los Servicios Públicos de Empleo.
No pueden acogerse a este programa:
- Quienes hubieran percibido la ayuda extraordinaria del Programa Temporal de Protección por Desempleo (PRODI).
- Quienes hubieran agotado o puedan acceder a la Renta Activa de Inserción.
- Quienes ya hayan sido beneficiarios de este programa.
- Los trabajadores eventuales del Sistema Especial Agrario del Régimen General la Seguridad Social que hayan agotado la renta agraria o el subsidio por desempleo.
VER:
>JPLR<