Las Escuelas Taller y las Casas de Oficios constituyen un programa combinado de formación-empleo, que tiene como objetivo preparar, a través de la formación y la experiencia profesional, a los jóvenes que se encuentren en desempleo para obtener una salida laboral por cuenta propia o ajena. A través de este programa se pretende facilitar la inserción laboral por medio de la cualificación en alternancia con la práctica profesional.
Entidades promotoras
Pueden ser entidades promotoras del programa de Escuelas Taller y Casas de Oficios las siguientes:
Entidades promotoras
Pueden ser entidades promotoras del programa de Escuelas Taller y Casas de Oficios las siguientes:
- Los órganos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales, sus organismos autónomos y entidades dependientes o asimiladas de los mismos con competencias en materia de promoción de empleo.
- Los consorcios.
- Las asociaciones, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro.
Para promover una una Escuela Taller o Casa de Oficios las entidades deben presentar la correspondiente solicitud, acompañada de un proyecto bien fundamentado y viable, ante el Servicio Público de Empleo de la Comunidad Autónoma correspondiente. Pueden promoverse proyectos que abarquen más de una Comunidad Autónoma, para este caso las solicitudes se presentan en el Servicio Público de Empleo Estatal (SEPE). La entidad promotora recibe una subvención para la puesta en marcha y desarrollo del proyecto.
Cuando finaliza el programa, las entidades promotoras deben continuar prestando asistencia a los alumnos-trabajadores que han participado en el programa, tanto para la búsqueda de empleo, como en el acompañamiento para el establecimiento por cuenta propia.
Escuelas Taller
Las Escuelas Taller se centran especialmente en obras y servicios relacionados con la recuperación, mantenimiento y promoción del patrimonio artístico, cultural o natural, la rehabilitación de entornos urbanos o del medio ambiente, la mejora de las condiciones de vida de las ciudades y otras actividades de utilidad pública o interés general y social.
Los proyectos de Escuelas Taller tienen una duración mínima de un año y máxima de dos, dividida en dos etapas:
- En la primera etapa, de seis meses de duración, los alumnos reciben formación para el empleo relacionada con la naturaleza del proyecto. En este periodo tienen derecho a una beca que es incompatible con la realización de trabajos por cuenta propia o ajena.
- En la segunda etapa, que puede ser entre seis y dieciocho meses de duración, los alumnos-trabajadores complementan la formación en alternancia con el trabajo y la práctica profesional. Durante este tiempo los alumnos-trabajadores son contratados por la entidades promotoras mediante un contrato para la formación y el aprendizaje. La retribución que reciben este tiempo es habitualmente el 75 por ciento del Salario Mínimo Interprofesional.
Casas de Oficios
Las Casas de Oficios son proyectos que se dedican más específicamente a actividades relacionadas con el mantenimiento y cuidado de entornos urbanos, rurales o del medio ambiente, con la mejora de las condiciones de vida de pueblos y ciudades, a través de la prestación de servicios sociales y comunitarios, pero también con otras actividades de utilidad pública o social.
Las Casas de Oficios tienen una duración de un año, dividido en dos etapas de seis meses cada una:
- En la primera etapa, similar a las Escuelas Taller, los alumnos reciben formación para el empleo relacionada con las acciones del proyecto y pueden recibir una beca.
- En la segunda etapa los alumnos-trabajadores son contratados por la entidades promotoras, mediante un contrato para la formación y el aprendizaje, con una retribución del 75 por ciento del Salario Mínimo Interprofesional.
Selección de personal.
La selección de los alumnos trabajadores para el programa de Escuelas Taller y Casas de Oficios se realiza por una grupo de trabajo mixto, constituido por la entidad promotora y el Servicio Público de Empleo. Los candidatos deben cumplir los requisitos que se establezcan en el proyecto y en la convocatoria correspondiente, teniéndose en cuenta los siguientes requisitos mínimos:
- Ser menor de 25 años.
- Estar desempleado, disponible y registrado en el Servicio Público de Empleo correspondiente.
- Cumplir los requisitos para formalizar un contrato para la formación y el aprendizaje.
Además, para la selección se tienen en cuenta los colectivos prioritarios que se establecen por parte de las Directivas de Empleo Europeas.
Para la selección del personal que trabajará como personal directivo, docente y de apoyo, también se crea un grupo mixto, que puede realizar la selección directamente para un proyecto concreto o para confeccionar un fichero de expertos del cual se proveerán los distintos proyectos que se pongan en marcha. El grupo mixto establece los criterios de selección en base a la idoneidad para la materia de su competencia, así como a los principios de igualdad, mérito y capacidad, de entre los candidatos adminidos por la correspondiente oferta de empleo.
Contenidos generales de los programas.
Además de los contenidos relacionados con la tipología del proyecto, patrimonio, medio ambiente, etc., en las Escuelas Taller y Casas de Oficios se imparte un módulo de alfabetización informática de, al menos, treinta horas, así como acciones de orientación, asesoramiento, información profesional y formación empresarial. Para los alumnos trabajadores que no hayan alcanzado los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria, se organizan programas de formación básica y profesional que contribuya a mejorar sus perspectivas profesionales o académica.
Al finalizar la participación, los alumnos trabajadores reciben un certificado en el que se recoge la duración del programa, el nivel de formación teórico-práctico adquirido y los módulos formativos cursados. La cualificación adquirida puede acreditarse para la obtención del correspondiente certificado de profesionalidad.
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