TALLERES DE EMPLEO

Talleres-de-Empleo
El programa de Talleres de Empleo tiene bastantes similitudes con el programa de Escuelas Taller y Casas de Oficios. También se trata de un programa mixto que combina formación y empleo cuya finalidad es facilitar la inserción laboral de las personas desempleados, mediante la formación en alternacia con la práctica laboral, pero cuenta con algunas peculiaridades, como por ejemplo que están dirigidos a desempleados con 25 años o más.

Pueden ser entidades promotoras del programa de Talleres de Empleo las siguientes:
  • Los órganos de la Administración General del Estado, de las Comunidades Autónomas y de las Entidades Locales, sus organismos autónomos y entidades dependientes o asimiladas de los mismos con competencias en materia de promoción de empleo.
  • Los consorcios.
  • Las asociaciones, fundaciones y entidades sin ánimo de lucro.

Para promover un Taller de Empleo, es necesario presentar solicitud ante el Servicio Público de Empleo, acompañando un proyecto para el desarrollo del mismo. El Servicio Público de Empleo otorga una subvención para la puesta en marcha y desarrollo del proyecto.

Las actividades que se desarrollan en un Taller de Empleo pueden ser obras o servicios de utilidad pública o interés general relacionadas con los yacimientos de empleo. Estos proyectos tienen una duración mínima de seis meses y máxima de un año. Desde el inicio, los trabajadores participantes son contratados por la entidad promotora, a través del contrato para la formación y el aprendizaje, por lo que están contratados durante toda la duración del proyecto. La retribución que se percibe es habitualmente de 1,5 veces el Salario Mínimo Interprofesional.

Durante el transcurso del Taller de Empeo, los trabajadores reciben también una formación para el empleo en alternancia con la práctica profesional y relacionada con la ocupación del proyecto. Para los trabajadores que no hayan alcanzado los objetivos de la Educación Secundaria Obligatoria, se organizan programas para que obtengan una  formación básica. Además, durante toda la duración del programa recibiran orientación, asesoramiento, información profesional y formación empresarial.

La selección de los trabajadores participantes en el Taller de Empleo se realiza por una grupo de trabajo mixto, constituido por la entidad promotora y el Servicio Público de Empleo. Los candidatos deben cumplir los requisitos que se establezcan en el proyecto y en la convocatoria correspondiente, teniéndose en cuenta los siguientes requisitos mínimos:
  • Tener 25 o más años.
  • Estar desempleado, disponible y registrado en el Servicio Público de Empleo correspondiente.
  • Cumplir los requisitos para formalizar un contrato para la formación y el aprendizaje.

Además, se tienen en cuenta las especiales dificultades para insertarse en el mercado de trabajo, así como la pertenencia a los colectivos prioritarios que se establezcan por parte de las Directivas de Empleo Europeas.

Al igual que para las Escuelas Taller y Casas de Oficios,len a selección del personal directivo, docente y de apoyo, también se crea un grupo mixto que puede realizar la selección directamente para un proyecto concreto o para confeccionar un fichero de expertos del que se proveerán los distintos proyectos que se pongan en marcha. El grupo mixto establece los criterios de selección en base a la idoneidad para la materia de su competencia, así como a los principios de igualdad, mérito y capacidad, de entre los candidatos adminidos por la correspondiente oferta de empleo.

Al finalizar el Taller de Empleo, los trabajadores participantes reciben un certificado en el que se recoge la duración del programa, el nivel de formación teórico-práctico adquirido y los módulos formativos cursados. La cualificación adquirida puede acreditarse para la obtención del correspondiente certificado de profesionalidad. Una vez concluido el proyecto, las entidades promotoras deben continuar prestando asistencia a los trabajadores participantes, tanto para la búsqueda de empleo, como en el acompañamiento para el establecimiento por cuenta propia.

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